ANUNCIO
Aprobada inicialmente la revisión de las Normas Urbanísticas Municipales, por Acuerdo del Pleno de fecha 29 de agosto de 2019, de conformidad con el artículo 52.2 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León y los artículos 154.3 y 432 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, aprobado por el Decreto 22/2004, de 29 de enero, se somete a información pública, mediante el presente anuncio:
1. Órgano que acuerda la información pública: Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Candeleda.
2. Fecha del acuerdo: 29 de agosto de 2019.
3. Instrumento o expediente sometido a información pública: REVISIÓN DE LAS NORMAS URBANÍSTICAS MUNICIPALES E INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL.
4. Ámbito de aplicación: Término municipal de Candeleda, Ávila.
5. Identidad del Promotor: Excmo. Ayuntamiento de Candeleda.
6. Duración del período de información pública: plazo de 2 meses, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio.
7. Lugar, horarios y página web dispuestos para la consulta del instrumento o expediente. Físicamente se expondrá en la planta baja de la Biblioteca Municipal, sita en la Calle de Camilo José Cela, 2, Candeleda (Ávila), en horario de 9:00 a 14:00 horas. La página web es https://ayuntamientocandeleda.es/informacion-publica/
8. Lugar y horario dispuestos para la presentación de alegaciones, sugerencias y cualesquiera otros documentos: Por cualquiera de los medios previstos en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales, para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Además, estará a disposición de los interesados en la web de este Ayuntamiento https://ayuntamientocandeleda.es/informacion-publica/
Quedan suspendidas las licencias para las siguientes áreas, conforme a lo establecido en el art. 156 del Decreto 22/2004, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León:
a. Sectores de Suelo Urbanizable y de Suelo Urbano No Consolidado.
b. Parcelas en las que cambia la ordenanza de aplicación.
c. Parcelas incluidas en Unidades de Normalización.
d. Parcelas incluidas en la zona de Ordenanza R6.
e. Elementos incluidos en el catálogo de protección.
La duración de la suspensión comienza al día siguiente de la presente publicación y se mantiene hasta la entrada en vigor del instrumento de planeamiento que la motiva, o como máximo, durante dos años.
En Candeleda a 30 de agosto de 2019
EL ALCALDE
CARLOS MONTESINO GARRO